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OHSAS 18001:2007
4.5 Verificación
4.5.1 Medición y seguimiento del desempeño
La organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos
para hacer el seguimiento y medir de forma regular el desempeño de la SST. Los pro-
cedimientos deben incluir:
a) las medidas cualitativas y cuantitativas apropiadas a las necesidades de la orga-
nización;
b) el seguimiento del grado de cumplimiento de los objetivos de SST de la organización;
c) el seguimiento de la eficacia de los controles (tanto para la salud como para la
seguridad);
d) las medidas proactivas del desempeño que hacen un seguimiento de la conformidad
con los programas, controles y criterios operacionales de la SST;
e) las medidas reactivas del desempeño que hacen un seguimiento del deterioro de la
salud, los incidentes (incluyendo los cuasi accidentes) y otras evidencias históricas
de un desempeño de la SST deficiente;
f) el registro de los datos y los resultados del seguimiento y medición, para facilitar el
posterior análisis de las acciones correctivas y las acciones preventivas.
Si se necesitan equipos para el seguimiento y la medición del desempeño, la organiza-
ción debe establecer y mantener procedimientos para la calibración y el mantenimiento
de dichos equipos cuando sea apropiado. Se deben conservar los registros de las acti-
vidades y los resultados de calibración y mantenimiento.
4.5.2 Evaluación del cumplimiento legal
4.5.2.1 En coherencia con su compromiso de cumplimiento (véase el apartado 4.2c), la
organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos
para evaluar periódicamente el cumplimiento de los requisitos legales aplicables (véase
el apartado 4.3.2).
La organización debe mantener los registros de los resultados de las evaluaciones
periódicas.
Nota: La frecuencia de las evaluaciones periódicas puede variar según los requisitos legales.
4.5.2.2 La organización debe evaluar el cumplimiento con otros requisitos que suscriba
(véase el aparatado 4.3.2). La organización puede combinar esta evaluación con la eva-
luación del cumplimiento legal mencionada en el apartado 4.5.2.1, o establecer uno o
varios procedimientos separados.
La organización debe mantener los registros de los resultados de las evaluaciones
periódicas.
Nota: La frecuencia de las evaluaciones periódicas puede variar según otros requisitos distintos que la
organización suscriba.