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 Real Decreto 3484/1983 

Legislación Nacional relativa al Área de Seguridad Industrial

Real Decreto 3484/1983

Real Decreto 3484/1983, de 14 de diciembre, por el que se modifica el apartado 5.4, incluido el artículo 27 del Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles aprobada por Decreto 2913/ 1973, de 26 de octubre

Organismo competente: Ministerio de Industria y Energía Fecha de Aprobación: 14/12/1983
Publicación: B.O.E. nº 43 Fecha de Publicación: 20/2/1984
Corrección: BOE Nº 65 de 16/3/1984
Comentarios: Modificación en la que se determina que las empresas suministradoras realizaran visitas de inspección periódica , que comprenderán cada año como mínimo un 25 por 100 de los abonados , igualmente cada dos años, y cuantas veces sean requeridas para ello, facilitaran por escrito a cada abonado las recomendaciones de utilización y medidas de seguridad que los usuarios deben tener presentes para el uso del gas.

También establece la necesidad de llevar un registro por parte de las empresas suministradoras y faculta a dichas empresas, para poder cortar el suministro si no se subsanan las deficiencias detectadas durante la inspección.