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 Real Decreto 2642/1985 de 18 de diciembre 

Legislación Nacional relativa al Área de Seguridad Industrial

Real Decreto 2642/1985 de 18 de diciembre

Real Decreto 2642/1985 de 18 de diciembre, por el que se declaran de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de los candelabros metálicos (báculos y columnas de alumbrado exterior y señalización de tráfico) y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía

Organismo competente: Ministerio de Industria y Energía Fecha de Aprobación: 18/12/1985
Publicación: B.O.E. nº 21 Fecha de Publicación: 24/1/1986
Corrección: BOE Nº 67 de 19/3/1986
Comentarios: Real Decreto que declara de obligada observancia las especificaciones técnicas que acompaña para el diseño y fabricación de candelabros metálicos (báculos y columnas de alumbrado exterior y señalización de trafico) destinados al comercio interior. Su homologación se llevará a cabo de acuerdo con el Reglamento General de Actuaciones en el campo de la normalización y homologación, aprobado por el Real Decreto 2584/1981, de 18 de septiembre y modificado parcialmente por el real decreto 734/1985, de 20 de febrero.

Se prohibe la fabricación para el mercado interior y la venta, importación o instalación en cualquier parte del territorio nacional de tipos no homologados, o que, aun correspondiendo a tipos homologados, carezcan de certificado de conformidad.

Se señala el proceso de homologación mencionando los aspectos de inspecciones, infracciones y sanciones. El Anexo define las especificaciones técnicas que deben cumplir detallando la "terminología básica", "tipos y designación", y "características".