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 Orden de 30 de julio de 1974 

Legislación Nacional relativa al Área de Seguridad Industrial

Orden de 30 de julio de 1974

Orden de 30 de julio de 1974, por la que se determinan las condiciones que deben reunir los aparatos elevadores de propulsión hidráulica y las normas para la aprobación de sus equipos impulsores

Organismo competente: Ministerio de Industria Fecha de Aprobación: 30/7/1974
Publicación: B.O.E. nº 190 Fecha de Publicación: 9/8/1974
Comentarios: El Reglamento de Aparatos Elevadores, texto revisado aprobado por Orden de 30 de junio de 1966, no regula los accionados por impulsión hidráulica, cuya instalación y uso ofrecen una acusada expansión. En consecuencia, la presente Orden determina el conjunto de normas que, siquiera con carácter transitivo, establecen el régimen a observar para la autorización de los referidos aparatos, en tanto que el Reglamento de Aparatos Elevadores en su próxima revisión, recoja las normas que dimanan de la técnica más progresiva.