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 Orden de 15 de junio de 1994 

Legislación Nacional relativa al Área de Seguridad Industrial

Orden de 15 de junio de 1994

Orden de 15 de junio de 1994, por la que se modifica el artículo 14 del Reglamento de Centros de Almacenamiento y Distribución de Gases Licuados del Petróleo Envasados

Organismo competente: Ministerio de Industria y Energía Fecha de Aprobación: 15/6/1994
Publicación: B.O.E. nº 159 Fecha de Publicación: 5/7/1994
Comentarios: Orden que viene a modificar el artículo 14 del Reglamento de Centros de Almacenamiento y Distribución de Gases Licuados del Petróleo, envasados, aprobado por Orden de 30 de octubre de 1970, y posteriormente modificado por Orden de 17 de marzo de 1981 por el que se regula las condiciones que deben cumplir los establecimientos comerciales donde, entre otras actividades, se almacenan y suministran gases licuados del petróleo envasados en botellas de uso doméstico, botellas populares y cartuchos irrellenables, todos ellos con carga de G.L.P. no mayor de tres kilogramos.