ADAPTACIÓN.

 Desde el punto de vista de la medicina preventiva, se entiende por adaptación fisiológica el acoplamiento a un mínimo efecto, sin poner en guardia los mecanismos de defensa del organismo.

Si estos mecanismos de defensa se encuentran bajo una tensión considerable, por encima de los límites fisiológicos se observa en principio una "tolerancia" o pseudoadaptación.

Más adelante, si se extralimita esta posibilidad, surgirá la enfermedad o lesión.

El problema surge porque los cambios ambientales se producen con mayor rapidez que las posibilidades de adaptación humana, por ejemplo: contaminación ambiental, ruidos, vibraciones, o carga psíquica (social) etc.

Un aspecto importante de la "adaptación social" es el establecimiento de normas de salubridad, es decir estableciendo los niveles de riesgo "tolerables o admisibles", lo cual diferencia lo referente a una adaptación fisiológica (no posible) del hecho de considerar una ausencia de enfermedad si esos límites no son superados.

Los avances en los estudios sobre los efectos adversos en la salud de los diferentes agentes de riesgo, aporta un mayor conocimiento y necesidad de reducción de estos límites.

No debe admitirse un intento de adaptación a los agentes de riesgos de origen laboral. No es posible suponer tal circunstancia, puesto que concluye inevitablemente en lesión profesional o enfermedad.

Es más, en ocasiones la creencia de los trabajadores/as de esa "adaptación" sirve precisamente de indicativo de que la lesión ha dado su comienzo (Por ejemplo: quien se adapta o acostumbra al ruido laboral, es porque ha empezado a quedarse sordo a ese ruido, y le molesta menos por ello...etc.)

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