OPERADORES TEXTIL PIEL

826 OPERADORES DE MAQUINAS DE FABRICA PRODUCTOS TEXTILES Y ARTICULOS DE PIEL Y DE CUERO

Los operadores de máquinas de fabricar productos textiles y artículos de piel y de cuero atienden, accionan y vigilan diferentes tipos de máquinas que preparan fibras textiles, hilos, fila, cueros y pieles y confeccionan y limpian en seco artículos textiles, de piel y de cuero.

Las tareas que normalmente ejercen incluyen las siguientes:
Accionar y vigilar diferentes tipos de máquinas de preparación de fibras, de hilado y bobinado;
El tejido, la manufactura de prendas de vestir; el blanqueo o la limpieza de estas piezas;
La preparación, el curado y el tratamiento de cueros y pieles, y la fabricación de calzado y productos de cuero o peletería.
Sus tareas pueden incluir la supervisión de la labor de otros trabajadores.

Las ocupaciones de este subgrupo se clasifican en los grupos:

  1. Operadores de máquinas de preparación de fibras e hilado
  2. Operadores de telares y otras máquinas de tejer
  3. Operadores de máquinas de coser 8263
  4. Operadores de máquinas de blanqueo, teñido y tintura
  5. Operadores de máquinas de tratamiento de pieles y cueros
  6. Operadores de máquinas de fabricar calzado y afines
  7. Operadores de máquinas de fabricar productos textiles y artículos de piel y de cuero, no clasificados bajo otros epígrafes.

Observaciones:
Las ocupaciones las tareas de las cuales exigen herramientas o trabajo manuales y máquinas herramientas de uso manual y que requieren conocimientos de la organización de la tarea y de las herramientas y los materiales con qué se trabaja, como también de la naturaleza y las finalidades de los productos acabados, se clasifican en el gran grupo 7, Oficiales, operarios y artesanos de artes mecánicas y otros oficios.

Las ocupaciones que incluyen tareas sencillas y rutina, llevadas a cabo principalmente mediante el uso de herramientas manuales, cierto esfuerzo físico, poca o ninguna experiencia ni conocimiento previos del trabajo y escasa iniciativa o capacidad de juicio, se clasifican en el gran grupo 9, trabajadores no cualificados.