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BUSCADOR
CAPÍTULO 9.3
DISPOSICIONES SUPLEMENTARIAS RELATIVAS A LOS VEHÍCULOS COMPLETOS O
COMPLEMENTADOS EX/II o EX/III DESTINADOS AL TRANSPORTE DE MATERIAS Y
OBJETOS EXPLOSIVOS (CLASE 1) EN BULTOS
9.3.1
Materiales a utilizar para la construcción de la caja de los vehículos
En la composición de la caja, no entrarán materiales susceptibles de formar combinaciones
peligrosas con las materias explosivas transportadas.
9.3.2
Calefacciones a combustión
9.3.2.1
Sólo se podrán instalar calefacciones a combustión en la cabina del conductor y en el motor
de los vehículos EX/II y EX/III.
9.3.2.2
Las calefacciones a combustión deberán satisfacer las disposiciones de los 9.2.4.7.1,
9.2.4.7.2, 9.2.4.7.5 y 9.2.4.7.6.
9.3.2.3
El interruptor de las calefacciones a combustión se podrá instalar en el exterior de la cabina
del conductor;
No será necesario probar que el cambiador de calor de los dispositivos de calentamiento del
aire resiste a una marcha residual reducida.
9.3.2.4
No se instalará en el compartimento de carga ningún depósito de carburante, ninguna fuente
de energía, toma de aire de la combustión o de aire de la calefacción, así como tampoco
ninguna salida de los tubos de escape necesarios para el funcionamiento de una calefacción a
combustión.
9.3.3
Vehículos EX/II
Los vehículos se deberán diseñar, construir y equipar de modo que las materias y los objetos
explosivos queden protegidos de riesgos exteriores y de la intemperie. Deberán ir cubiertos o
entoldados. El toldo deberá ser resistente al desgarramiento y estar formado por un material
impermeable y difícilmente inflamable1. Deberá ir bien tenso, de manera que cierre el
vehículo por todos los lados.
Todas las aberturas en el compartimento de carga de los vehículos cubiertos deberán cerrarse
por puertas o paneles ajustados y bloqueables. La cabina del conductor debe estar separada
del compartimento de la carga por una pared continua.
9.3.4
Vehículos EX/III
9.3.4.1
Los vehículos se deberán diseñar, construir y equipar de modo que las materias y los objetos
explosivos queden protegidos de riesgos exteriores y de la intemperie. Los vehículos deberán
ser cubiertos. La cabina del conductor debe estar separada del compartimento de carga por
una pared continua. La superficie de carga debe ser continua. Se pueden instalar puntos de
anclaje para amarrar la carga. Todas las uniones deben estar selladas. Todos los orificios
deben poder cerrarse. Todas las puertas deberán poderse bloquear y se dispondrán y
construirán de manera que las juntas queden recubiertas.
1
En caso de inflamabilidad, se considerará que se satisface esta disposición si, conforme al procedimiento especificado en la
norma ISO 3795:1989 "Vehículos de carretera y tractores y maquinaría agrícola y forestal ­ Determinación de las características
de combustión de los materiales interiores", las muestras del toldo tienen una tasa de combustión que no sobrepasa 100 mm/min.
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