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BUSCADOR
calidad riguroso en la fabricación, mantenimiento y reparación de los embalajes y
ensayos que demuestren la estanqueidad de cada bulto antes de su expedición; o
b)
Cuando se trate de bultos que contengan solamente hexafluoruro de uranio, con un
enriquecimiento máximo de 5% en masa de U-235:
i)
bultos en los que, después de los ensayos prescritos en 6.4.11.12 b), no haya
ningún contacto físico entre la válvula y cualquier otro componente del embalaje
que no sea en su punto original de unión y en los que, además, después del
ensayo prescrito en 6.4.17.3, las válvulas permanezcan estancas; y
ii)
un control de calidad riguroso en la fabricación, mantenimiento y reparación de
los embalajes y ensayos para demostrar la estanqueidad de cada bulto antes de
cada expedición.
6.4.11.8
Para el sistema de confinamiento, es necesario suponer una reflexión total por al menos
20cm de agua o de una reflexión mayor que pudiera producir el material circundante del
embalaje. No obstante, si se puede demostrar que el sistema de confinamiento se mantiene
dentro del embalaje después de someterse a los ensayos indicados en 6.4.11.12 b), se podrá
suponer en los ensayos prescritos en 6.4.11.9 c), que el bulto está rodeado directa y
completamente de una reflexión por agua de al menos 20 cm.
6.4.11.9
El bulto deberá ser subcrítico en las condiciones especificadas en 6.4.11.7 y 6.4.11.8 y en las
condiciones del bulto que den lugar a la máxima multiplicación de neutrones y compatible con:
a)
Condiciones de transporte de rutina (libre de accidentes);
b)
ensayos especificados en 6.4.11.11 b);
c)
ensayos especificados en 6.4.11.12 b).
6.4.11.10
(Reservado)
6.4.11.11
Para las condiciones normales de transporte, se determinará un número "N" de modo que un
número de bultos igual a cinco veces "N" sea subcrítico, con la disposición y las condiciones
que permitan la máxima multiplicación de neutrones, teniendo en cuenta las condiciones
siguientes:
a)
no deberá existir nada entre los bultos y estos deberán estar rodeados por todos sus
lados de una reflexión por agua de 20 cm como mínimo; y
b)
el estado de los bultos deberá ser la condición evaluada o demostrada si se hubieran
sometido a los ensayos especificados en 6.4.15.
6.4.11.12
Para las condiciones accidentales de transporte, se determinará un número "N" de modo que
un número de bultos igual a dos veces "N" sea subcrítico, con la disposición y las
condiciones que permitan la máxima multiplicación de neutrones, teniendo en cuenta las
condiones siguientes:
a)
una moderación hidrogenada entre los bultos y una reflexión por agua de 20 cm como
mínimo por todos sus lados; y
b)
los ensayos especificados en 6.4.15 seguidos por cualquiera de los ensayos que sea
más riguroso entre los siguientes:
i)
los ensayos especificados en el párrafo 6.4.17.2 b), y o bien en 6.4.17.2 c) para
los bultos de masa no superior a 500 kg y una densidad total que no exceda de
1.000 kg/m3 teniendo en cuenta las dimensiones externas, o bien en 6.4.17.2 a)
para todos los demás bultos, seguidos por el ensayo especificado en 6.4.17.3,
completada por los ensayos especificados en 6.4.19.1 a 6.4.19.3 o
ii)
el ensayo especificado en 6.4.17.4; y
c)
si una parte cualquiera de las sustancias fisionables escapa del sistema de contención
después de los ensayos especificados en 6.4.11.12 b), se supondrá que escapan
sustancias fisionables de cada bulto del conjunto ordenado y el total de las sustancias
fisionables se dispondrá según la configuración y la moderación quelugar a la
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