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BUSCADOR
a)
disponer de personal con estructura organizativa apropiada, capacitado, formado,
competente y cualificado para desempeñar satisfactoriamente sus funciones técnicas;
b)
tener acceso a las instalaciones y al material adecuados;
c)
actuar con imparcialidad y estar libre de toda influencia que pueda impedirlo;
d)
asegurar la confidencialidad de las actividades comerciales;
e)
mantener una clara diferenciación entre las funciones como organismo de control y
pruebas periódicas y otras actividades no relacionadas con ellas;
f)
utilizar un sistema de calidad documentado de conformidad con 6.2.2.6.3;
g)
solicitar la aprobación conforme al 6.2.2.6.4;
h)
asegurarse de que los controles y pruebas periódicas se hacen de acuerdo con
6.2.2.6.5; y
i)
mantener un sistema eficaz y apropiado de los informes y de los registros de acuerdo
con 6.2.2.6.6.
6.2.2.6.3
Sistema de calidad y auditorías del organismo de control y pruebas periódicas
6.2.2.6.3.1
Sistema de calidad
El sistema de calidad debe incluir todos los elementos, prescripciones y disposiciones
adoptadas por el organismo de control y pruebas periódicas. Deberá estar documentado de
manera sistemática y ordenado en forma de decisiones, procedimientos e instrucciones
escritas.
El sistema de calidad debe incluir:
a)
una descripción de la estructura organizativa y de las responsabilidades;
b)
las instrucciones que se van a seguir en los controles y pruebas, el control de calidad,
el aseguramiento de la calidad y en los procesos;
c)
los registros de calidad, como informes de inspección, datos de pruebas y de
calibración y los certificados;
d)
la verificación por parte de la dirección de la eficacia del sistema de calidad
considerando los resultados de las auditorías efectuadas de acuerdo con 6.2.2.6.3.2;
e)
un procedimiento de control de los documentos y su revisión;
f)
los medios de control de los recipientes a presión no conformes; y
g)
los programas de formación y los procedimientos de cualificación del personal.
6.2.2.6.3.2
Auditorías
Se debe realizar una auditoría para asegurar que el organismo de control y pruebas periódicas
y su sistema de calidad cumplen lo dispuesto en el ADR a satisfacción de la autoridad
competente.
Se procederá a una auditoría como parte del procedimiento inicial de aprobación
(véase 6.2.2.6.4.3). También podrá requerirse como parte del procedimiento para modificar
una aprobación (véase 6.2.2.6.4.6).
Se harán auditorias periódicas, a satisfacción de la autoridad competente, para asegurar que el
organismo de control y pruebas periódicas continúa cumpliendo las disposiciones del ADR.
Los resultados de las auditorias se notificarán al organismo de control y pruebas periódicas.
En la notificación figurarán las conclusiones de la auditoría y cualquier acción correctiva
requerida.
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