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CAPÍTULO 6.2
DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CONSTRUCCIÓN Y A LAS PRUEBAS DE LOS
RECIPIENTES A PRESIÓN, GENERADORES DE AEROSOLES Y RECIPIENTES A PRESIÓN
DE BAJA CAPACIDAD QUE CONTIENEN GAS (CARTUCHOS DE GAS) Y CARTUCHOS PARA
PILAS CON COMBUSTIBLE QUE CONTENGAN GAS LÍCUADO INFLAMABLE
6.2.1
Disposiciones generales
NOTA: Los generadores de aerosoles, los recipientes a presión de baja capacidad que
contienen gas (cartuchos de gas) y los cartuchos para pilas con combustible que contengan
gas licuado inflamable no están sujetos a las disposiciones del 6.2.1 al 6.2.5.
6.2.1.1
Diseño y construcción
6.2.1.1.1
Los recipientes a presión y sus cierres se deberán diseñar, fabricar, probar y equipar de
manera que resistan todas las condiciones normales de utilización y transporte, incluyendo la
fatiga.
6.2.1.1.2
(Reservado)
6.2.1.1.3
En ningún caso el espesor mínimo de las paredes será inferior al que se especifica en las
normas técnicas de diseño y de fabricación.
6.2.1.1.4
Para los recipientes a presión soldados, sólo se emplearán metales soldables.
6.2.1.1.5
La presión de prueba de las botellas, tubos, bidones a presión o botellones y bloques de
botellas deberá cumplir con la instrucción de embalaje P200 del 4.1.4.1. La presión de
prueba de recipientes criogénicos cerrados deberá cumplir con la instrucción de embalaje
P203 del 4.1.4.1.
6.2.1.1.6
Los recipientes a presión montados en un bloque deberán tener un apoyo estructural y
conectarse entrepara formar una unidad. Los recipientes a presión deberán ser fijados de
manera que se evite cualquier movimiento en relación al conjunto estructural y todo
movimiento que pueda ocasionar una concentración de tensiones locales peligrosas. Los
conjuntos de tuberías colectoras (por ejemplo tubos colectores, válvulas y manómetros) se
deberán diseñar y fabricar de manera que estén protegidas de los impactos y de las fuerzas
que se originan durante el transporte. Las tuberías colectoras deberán ser sometidas al menos
a la misma presión de prueba que las botellas. Para gases licuados tóxicos, cada recipiente a
presión deberá tener una válvula de aislamiento para asegurar que cada recipiente pueda
llenarse por separado y que no se produzca ningún intercambio de contenidos de los
recipientes a presión durante el transporte.
NOTA: Los códigos de clasificación de los gases licuados tóxicos son los siguientes: 2T,
2TF, 2TC, 2TO, 2TFC o 2TOC.
6.2.1.1.7
Se evitará el contacto entre metales diferentes que pueda provocar una corrosión galvánica.
6.2.1.1.8
Disposiciones adicionales para la fabricación de recipientes criogénicos cerrados para gases
licuados refrigerados
6.2.1.1.8.1
Se establecerán para cada recipiente a presión las características mecánicas del metal
utilizado, incluyendo la resiliencia y el coeficiente de plegado.
NOTA: Con respecto a la resiliencia, la subsección 6.8.5.3 describe con detalle los
requisitos de pruebas que se pueden emplear.
6.2.1.1.8.2
Los recipientes a presión deberán aislarse térmicamente. El aislamiento térmico deberá
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