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BUSCADOR
T23
INSTRUCCIÓN DE TRANSPORTE EN CISTERNAS PORTÁTILES
T23
La presente instrucción se aplica a las materias autoreactivas de la clase 4.1 y a los peróxidos orgánicos de la clase
5.2. Las disposiciones generales de la sección 4.2.1 y las disposiciones de la sección 6.7.2 deberán ser cumplidas.
Las disposiciones suplementarias aplicables a las materias autoreactivas de la clase 4.1 y a los peróxidos orgánicos
de la clase 5.2 enunciados en 4.2.1.13 también deberán ser cumplidas.
MATERIA
Presión
Espesor
Aberturas
Dispositivos
Grado de
Tempe-
Tempe-
ONU
mínima de  mínimo del  en el fondo
de descom-
llenado
ratura de
ratura
prueba
depósito (en
presión
regulación
crítica
(bar)
mm de acero
de referencia)
3109 PERÓXIDO
4
véase
véase
véase
véase
ORGÁNICO
6.7.2.4.2
6.7.2.6.3
6.7.2.8.2
4.2.1.13.13
LÍQUIDO TIPO F,
4.2.1.13.6
4.2.1.13.7
4.2.1.13.8
Hidroperóxido de
terc-butiloa, al 72%
como máximo en el
agua
Hidroperóxido de
cumilo, al 90%
como máximo en un
diluyente del tipo A
Peróxido de di-terc-
butilo al 32% como
máximo en un
diluyente del tipo A
Hidroperóxido de
isopropilo y de
cumilo, al 72%
como máximo en un
diluyente del tipo A
Hidroperóxido de
p-mentilo, al 72%
como máximo en un
diluyente del tipo A
Hidroperóxido de
pinanilo, al 56%
como máximo en un
diluyente del tipo A
3110 PERÓXIDO
4
véase
véase
véase
véase
ORGÁNICO
6.7.2.4.2
6.7.2.6.3
6.7.2.8.2
4.2.1.13.13
SÓLIDO TIPO F,
4.2.1.13.6
Peróxido de
4.2.1.13.7
dicumilob
4.2.1.13.8
a
Con la condición de que se hayan tomado medidas para obtener una seguridad equivalente a la de una formulación
hidroperóxida de terc-butilo al 65%, agua al 35%.
b
Cantidad máxima por cisterna portátil: 2000 kg.
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